miércoles, 29 de junio de 2011

ETICA PROFESIONAL

Es la  que nos ayuda a ejercer la responsabilidad en un marco de coherencia y correspondencia social. Para que la responsabilidad social , responsabilidad social corporativa, responsabilidad social empresaria  puedan acometerse y no sólo sean respetadas a la distancia, se necesita de profesionales que sean éticos.

La Responsabilidad Social tiene subsumida en sí un conjunto de premisas, principios, valores, y normas de conducta que se han establecido por el colectivo social como elementos representativos de la denominada Responsabilidad Social. La Etica sin embargo, no prescribe ninguna norma o conducta, tampoco la ética nos obliga o nos recomienda que deba ser realizado. Su propósito se relaciona entre otros factores con la praxis, con el cómo se ha de aplicar en los distintos contexto profesionales y personales de nuestra vida los valores sociales.

Sabiendo que el procedimentalismo ético no recomienda ningún valor social concreto, sino que centra su campo de acción en resolver los procedimientos que den legitimidad a estos principios. La Ética entonces es una praxis racional de los principios y conceptos relacionados a la Responsabilidad Social, desde una perspectiva de igualdad, universalidad e interactividad con los actores del contexto de aplicación e implicaciones.

El contexto actual requiere con urgencia que los profesionales de las empresas y organizaciones practiquen la responsabilidad social y sean éticos, necesitamos que los actores de la innovación institucional sean competentes, creativos, contextuales, conceptuales y que comprendan que la solidaridad es la clave para lograr la sostenibilidad y para afrontar  esta crisis de legitimidad que vivimos.

Un profesional es Responsable y Etico ante la  Ley
  • Cumpliendo las convenciones y declaraciones internacionalmente reconocidas y con sus instrumentos en vigencia.
  • Cumpliendo con todas las leyes, regulaciones, normas del país en el que se reside y en el que se trabaja.
  • Alejándose  de cualquier forma de corrupción, extorsión y soborno.
  • Cumpliendo con los legítimos contratos y compromisos adquiridos.
  • Conociendo el alcance de su responsabilidad profesional tanto en lo civil y como en lo penal, y las sanciones aplicables al incumplimiento de los deberes relacionados con su profesión.
  • Cooperando con la justicia siempre que se lo requiera.
  • Denunciados actos fuera de la ley de los que sea testigo y se posea las pruebas objetivas requeridas por la justicia para demostrar el hecho denunciado.

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